LAS COMPETENCIAS, CAPACIDADES, FUNCIONES, ATRIBUCIONES DEL PERSONAL DE EDUCACIÓN: UNA VISIÓN EXTERNA (3ª parte).

Juan Salamé Sala.
Profesor Tutor del Prácticum. Máster Formación del Profesorado. Centro Asociado de la UNED en Calatayud.
Inspector de Educación

En esta tercera y última parte, veremos las competencias del personal de educación. Este colectivo, específico del sistema educativo francés, se compone, en muchos casos de docentes o exdocentes. Todos deben tener una formación universitaria y se accede a estos puestos por concurso-oposición. Sus tareas son muy importantes en distintos aspectos de la vida de un centro educativo: la información, la documentación de toda índole puesta a disposición del alumnado con la ayuda del profesor-documentalista tanto académica como profesional (distinto de la biblioteca tradicional que también está en los centros) y todos los aspectos de convivencia, sociales, familiares, de aprendizaje, de estado de ánimo que pueden afectar a los alumnos, funciones asumidas por el Consejero Principal de Educación con su equipo de asistentes de educación, todas ellas dan un sentido a la realidad de los centros educativos que va allá de la simple formación académica.

Competencias específicas de los PROFESORES-DOCUMENTALISTAS (1)

Los profesores-documentalistas ejercen su actividad en el centro educativo en un equipo pedagógico y educativo siendo miembros de pleno derecho. Son responsables del Centro de Documentación e Información (CDI)(2), lugar de formación, de lectura, de cultura y de acceso a la información. Contribuyen a la formación de todos los alumnos en la educación para los mass media y la información.

Además de las competencias que comparten con el conjunto del profesorado tal como se han definido anteriormente, dominan las competencias específicas siguientes.

Los profesores-documentalistas: docentes y “guías” de la adquisición, por parte de todos los alumnos, de una cultura de la información y de los mass media.

Los profesores-documentalistas ofrecen a los alumnos y a los docentes las ayudas necesarias para que los aprendizajes y la enseñanza tengan en cuenta la educación en los medias y la información. Intervienen directamente con los alumnos en sus formaciones y actividades pedagógicas de su propia iniciativa o según las necesidades expresadas por los docentes de disciplinas.

D 1.- Dominar los conocimientos y las competencias propias de la educación a los media y a la información

• Conocer los principales elementos de las teorías de la información y de la comunicación.
• Conocer la reglamentación en materia de uso de as herramientas y de los recursos digitales.
• Conocer el derecho a la información, así como los principios y las modalidades de la protección de datos y de la vida privada.
• Conocer los principales conceptos y análisis en sociología de los media y de la cultura.
• Saber definir una estrategia pedagógica que permita la implementación de los objetivos y de los aprendizajes de la educación para los media y la información, en colaboración con los demás docentes.
• Facilitar e implementar trabajos disciplinarios o interdisciplinarios que apelan ala investigación y al dominio de la información.
• Acompañar la producción de un trabajo personal de un alumno o de un grupo de alumnos y ayudarles en su acceso a la autonomía.

Los profesores-documentalistas, “guías” de la organización de los recursos pedagógicos del centro educativo y de su disponibilidad.

En relación con los demás miembros de la comunidad educativa y en el marco del proyecto de centro, los profesores-documentalistas proponen una política documental al director y participan a su implementación en el centro y en su entorno digital. Esta política tiene por objetivo principal permitir a todos los alumnos acceder a las informaciones y a los

D 2.- Implementar la política documental del centro contribuyendo a su definición

• Dominar los conocimientos y las competencias biblioteconómicas: gestión de una organización documental y de un sistema de información, funcionamiento de bibliotecas públicas o centros de documentación, política de adquisición, acogida y acompañamiento de los públicos, animación y formación, política de lectura, evaluación.
• Detectar y analizar las necesidades de la comunidad educativa en recursos documentales y de información.

D 3.- Asegurar la responsabilidad del centro de recursos y de la difusión de la información en e centro educativo:

• Organizar y gestionar el centro de documentación y de información velando por la diversidad de los recursos y herramientas a disposición del alumnado apoyándose en la situación particular de cada centro (collège, lycée général et technologique, lycée professionnel).
• Organizar, en colaboración con el equipo pedagógico y educativo, la complementariedad de los espacios de trabajo (espacio de recursos de información, salas de estudios…) y contribuir a su evolución para favorecer el acceso progresivo de los alumnos a la autonomía.
• Dominar las diferentes etapas del tratamiento documental, las funcionalidades de los programas informáticos documentales, así como los principales de funcionamiento de las herramientas de búsqueda de información.
• Participar en la definición del apartado digital del proyecto de centro y facilitar la integración de los recursos digitales en las prácticas pedagógicas, sobre todo en los trabajos interdisciplinarios.
• Actuar en la red de documentación escolar para asegurar relaciones entre las etapas de enseñanza y optimizar los recursos.

Los profesores-documentalistas: actores de la apertura del centro a su entorno educativo, cultural y profesional:

El Centro de Documentación e Información (CDI) es un lugar privilegiado para contribuir a la apertura del centro a su entorno.

D 4.- Contribuir a la apertura del centro educativo a su entorno educativo, cultural y profesional, local, regional, nacional, europeo e internacional

• Concurrir a la definición del programa de acción cultural del centro teniendo en cuenta las necesidades de los alumnos, los recursos locales y el proyecto de centro.
• Implementar proyectos que estimulen el interés por la lectura, el descubrimiento de culturas artística (y las distintas formas de arte), científica y técnica y desarrollar una política de lectura con los profesores apoyándose especialmente sobre el conocimiento de la literatura general y de juventud.
• Saber utilizar las herramientas y los dispositivos digitales para facilitar la apertura del centro hacia el exterior.

Competencias específicas de los “CONSEILLERS PRINCIPAUX D’ÉDUCATION” (3)

Como establece la Circular de 28 de octubre de 1982 (4) , “el conjunto de las responsabilidades ejercidas por los Consejeros Principales de Educación se sitúa en el marco general de la “vida escolar” y puede definirse así: situar a los adolescentes en las mejores condiciones de vida individual y colectiva de plenitud personal”.

Los consejeros principales de educación: consejeros de toda la comunidad educativa y animadores de la política educativa del centro:

Basando su acción en el conocimiento de la situación individual y colectiva de los alumnos, los consejeros principales de educación contribuyen, al estar cercanos a las realidades escolares y sociales del centro, a la definición de la política educativa. Como todos los miembros de la comunidad educativa, contribuyen a explicitar, hacer comprender y aceptar las reglas de vida y de derecho en vigor en el centro educativo.

C 1.- Organizar las condiciones de vida de los alumnos en el centro, su seguridad, la calidad de la organización material y la gestión del tiempo:

• Velar por el respeto de los ritmos de trabajo de los alumnos y organizar su seguridad.
• Organizar la acogida, las condiciones de entrada y salida de los alumnos, los desplazamientos y la vigilancia de las zonas de trabajo y de estudios colectivos, así como las zonas recreativas con la preocupación por contribuir al bienestar de los alumnos.
• Dominar los circuitos de información eficaces para asegurar tanto el seguimiento individual como colectivo de los alumnos.
• Facilitar el tratamiento y la transmisión de las informaciones procedentes o destinadas del equipo de dirección, del personal del centro, de los alumnos y de los padres, especialmente en lo que concierne el uso de las herramientas y de los recursos digitales.

C 2.- Garantizar, con otro personal, el respeto de las reglas de vida y de derecho en el centro:

• Participar en la elaboración del reglamento interior y en su aplicación.
• Promover, junto a los alumnos y a sus padres, los principios de organización y las reglas de vida en un espíritu educativo.
• Contribuir a la enseñanza cívica y moral del alumno, así como a la calidad del marco de vida y de estudio.
• Identificar las conductas de riesgo, los signos de adicción, los comportamientos degradantes y delictivos con el personal social y de salud y los consejeros de orientación-psicólogos y contribuir a su resolución en cooperación con las personas recursos internas o externas a la institución.
• Aconsejar al director, así como al personal, en la apreciación de los castigos y de las sanciones.
• Prevenir, gestionar y superar los conflictos privilegiando el diálogo y la mediación en una perspectiva educativa.

C 3.- Impulsar y coordinar el apartado educativo del proyecto de centro:

• Recoger y comunicar las informaciones que permiten seguir la asiduidad de los alumnos y luchar contra el absentismo.
• Contribuir a la detección de las incivilidades, de las formas de violencia y de acoso y a la implementación de medidas que permitan su cese con la ayuda de los equipos pedagógicos y educativos.
• Elaborar e implementar actuaciones de prevención y conocer las misiones de los “partenaires” del centro para la lucha contra la violencia y la educación para la salud (CESC)(5) .
• Aconsejar al director y al gestor para el acondicionamiento y equipamiento de los espacios para permitir la instalación de condiciones de vida y trabajo que favorezcan la serenidad del clima escolar.
• Contribuir activamente al desarrollo de la animación socioeducativa y a la implementación de una política de formación para la responsabilidad en el marco del proyecto de centro.

C 4.- Asegurar la responsabilidad de la organización y de la animación del equipo de vida escolar:

• Organizar las actividades y los horarios del personal de la vida escolar teniendo en cuenta la continuidad, coherencia y eficacia del servicio.
• Preparar y conducir las reuniones de coordinación y organización del equipo actando las conclusiones.
• Evaluar las necesidades de formación de los miembros del equipo y proponer formaciones.

Los consejeros principales de educación: acompañantes del itinerario de formación de los alumnos.

Los consejeros principales de educación cumplen una función de educador en el centro. Aseguran el seguimiento individual y colectivo de los alumnos junto a los docentes. Contribuyen a la promoción de la salud y de la ciudadanía y, con sus acciones educativas que inician o a las que participan preparan a los alumnos para su inserción social. En un centro, especialmente los centros que tienen internado aportan una contribución esencial a la elaboración de un proyecto pedagógico, educativo y sociocultural. Son actores de la apropiación, por parte de los alumnos, de la base común de conocimientos, competencias y cultura en tanto que acompañan a los alumnos en su itinerario y construcción de su proyecto personal.

C 5.- Acompañar el itinerario del alumno sobre los planes pedagógicos y educativos:

• Saber llevar una entrevista de escucha en el marco del seguimiento individual de los alumnos y de la mediación.
• Trabajar en la continuidad de la relación con los padres y colaborar con todo el personal del centro intercambiando información sobre el comportamiento y actividad del alumno, sus resultados, sus condiciones de trabajo, su asiduidad, para contribuir la elaboración de respuestas colectivas para ayudar a los alumnos a superar las dificultades que encuentren.
• Contribuir al seguimiento de la vida de la clase, especialmente participando a las reuniones de los equipos pedagógicos y educativos, así como a las sesiones de evaluaciones (6) colaborando en la implementación de proyectos.
• Participar en el consejo pedagógico, especialmente para contribuir a los proyectos transversales debatidos y preparados en este consejo (7).
• Conocer las competencias de los diferentes intervinientes en la prevención del abandono escolar.

C 6.- Acompañar a los alumnos en su formación para una ciudadanía participativa:

• Saber llevar una entrevista de escucha en el marco del seguimiento individual de los alumnos y de la mediación.

• Animar y coordinar las iniciativas del alumnado en el marco de la vida del centro y crear una dinámica de intercambios y colaboraciones entre ellos, especialmente apoyándose sobre las enseñanzas cívicas, jurídicas y sociales.
• Velar a la complementariedad de los dispositivos referidos a la ciudadanía participativa y representativa, favorecer la participación de los alumnos en los órganos representativos y contribuir a su animación: CVL (8) , CESC (9), delegados de clase, conferencia de los delegados, Consejo de Administración (10) , Comisión Permanente (11), Consejo de Disciplina (12)
• Asegurar la formación de los alumnos.
• Acompañar a los alumnos en la toma de responsabilidades utilizando, sobre todo, el “club educativo” y la “casa de los alumnos del Instituto” como espacios de aprendizaje y de educación para la ciudadanía.
• Impulsar y favorecer la vida asociativa y cultural.

C 7.- Participar en la construcción de los itinerarios del alumnado:

• Contribuir con los docentes y con el apoyo de los asistentes de educación (13) a los dispositivos de acompañamiento de los alumnos.
• Asegurar la comunicación con los responsables del cuidado complementario de los alumnos, fuera del horario escolar, en los institutos con organizaciones pedagógicas adaptadas: clases con horarios adaptados, secciones deportivas, grupos deportivos de alto nivel.
• Contribuir, con los docentes, los profesores-documentalistas y los consejeros de orientación psicólogos, al consejo y acompañamiento de los alumnos en la elaboración de su proyecto personal.

Los consejeros principales de educación: actores de la comunidad educativa:

Los consejeros principales de educación cooperan con numerosos “partenaires”, participan en encuentros colectivos a los que los padres están asociados y contribuyen a las acciones educativas, culturales, especialmente, las artísticas, científicas y deportivas.

C 8.- Trbajar en un equipo pedagógico:

• Cooperar con los profesores para crear situaciones de aprendizaje para desarrollar y evaluar las competencias seleccionadas (base común de conocimientos, de competencias y de cultura, referentes profesionales…).
• Contribuir a la elaboración del apartado educativo del proyecto de centro.
• Contribuir a facilitar la continuidad de los itinerarios de los alumnos teniendo en cuenta los tránsitos de una etapa a otra.
• Aconsejar al director para organizar las cooperaciones con los otros servicios del Estado, las colectividades territoriales , las asociaciones complementarias de la escuela, los actores socioeconómicos.

1 de julio de 2013

El Ministro y por delegación
El Secretario General
F.Guin

El Director General de Enseñanza Escolar
J.-P. Delahaye

¿Tendrían cabida estos profesionales en nuestros centros educativos? ¿Son realmente importantes y necesarios en un sistema educativo? ¿La organización de nuestros educativos responde a las necesidades actuales de nuestros alumnos? Y muchas otras preguntas pueden abrirse camino…

—————————————————
(1) Las funciones de este docente son: desarrollar las competencias del alumnado para el acceso autónomo y reflexivo a la información y al conocimiento; gestionar el fondo documental del Centro de Documentación y de Información (CDI) presente en todos los centros educativos y educar a la información; pertenece, de pleno derecho, al equipo pedagógico; compromiso con el aprendizaje s ligados a lo digital.
(2) Estos centros tienen una importancia vital en los centros educativos. https://www.reseau-canope.fr/savoirscdi/societe-de-linformation/international/regard-sur-leurope/bibliotheques-et-bibliothecaires-scolaires-du-second-degre.html
http://lachaussonniere.free.fr/CDI/cdidoctravail/CDI.html
(3) Estos profesionales asumen las funciones de organización de la vida cotidiana, fuero del horario lectivo, en colaboración con la vida pedagógica; apoyo a los docentes para asegurar el seguimiento de los alumnos y participar en las sesiones de evaluación; crear las condiciones de diálogo en la acción educativa, tanto grupal como individual, organizar la concertación y la participación de los distintos actores en la vida escolar en el seno del centro; mediación, socialización de los alumnos, educación para la ciudadanía, medidas correctoras disciplinarias y regular la relación pedagógica.
(4) Esta circular ha sido derogada por la circular: https://www.education.gouv.fr/pid285/bulletin_officiel.html?cid_bo=91890
Para adecuarla a las competencias definidas en este “arrêté”.
(5) Comité de educación para la salud y la ciudadanía. http://eduscol.education.fr/cid46871/le-cesc-composition-ses-missions.html
(6) En estas sesiones asisten todos los profesores del grupo, el director, el Consejero Principal de Educación, dos padres y dos alumnos y, si es necesario, el consejero de orientación psicólogo, la asistenta social, el médico escolar y la ATS escolar.
(7) Muy parecido a la Comisión de Coordinación Pedagógica: Ver http://eduscol.education.fr/cid47769/conseil-pedagogique.html
(8) Consejo de Vida del Lycée: https://www.education.gouv.fr/cid73077/le-conseil-des-delegues-pour-la-vie-lyceenne.html
(9) Comité de educación para la salud y la ciudadanía. http://eduscol.education.fr/cid46871/le-cesc-composition-ses-missions.html
(10) Consejo Escolar: http://www.esen.education.fr/fr/ressources-par-type/outils-pour-agir/le-film-annuel-des-personnels-de-direction/detail-d-une-fiche/?a=16&cHash=4f281da138
(11) Del Consejo Escolar: http://sgenplus.cfdt.fr/article/la-commission-permanente-cest-quoi/
(12) Consejo d disciplina: http://www.esen.education.fr/fr/ressources-par-type/outils-pour-agir/le-film-annuel-des-personnels-de-direction/detail-d-une-fiche/?a=32&cHash=c52d730bc8
(13) Asistentes de educación: http://www.ac-versailles.fr/cid106545/assistants-education.html

——————————–

Se recomienda visualizar las entradas anteriores, realizadas por J. Salamé Sala (2019, abril, 27) “Las competencias del docente y del personal de educación: una visión externa (1ª parte)” y J. Salamé Sala (2019, abril, 30) “Las competencias de los docentes. Una visión externa (2ª parte)”.
——————————–

Cómo citar esta entrada

Salamé Sala, J. (2019, may, 5). Las competencias, capacidades, funciones, atribuciones del personal de educación: una visión externa (3ª parte). Prácticum y Prácticas Profesionales. [Blog]. Recuperado de https://gidpip.hypotheses.org/3127

LAS COMPETENCIAS DE LOS DOCENTES: UNA VISIÓN EXTERNA II (2ª parte)

Juan Salamé Sala.
Profesor Tutor del Prácticum. Máster Formación del Profesorado. Centro Asociado de la UNED en Calatayud.
Inspector de Educación

En esta segunda parte vamos a ver las competencias comunes a todos los docentes considerados como equipo pedagógico. El planteamiento que hacen los legisladores franceses es interesante al considerar a los docentes como un solo colectivo, pero, al mismo tiempo, diferencian algunas competencias en función de la etapa o tipo de centro en el que está el docente. Por ello, vemos un bloque de competencias importantísimo junto a un bloque, más reducido, para los niveles de enseñanza, por lo que podríamos hablar de “competencias generales” y “competencias específicas”.

¿Esta “globalización” de competencias es acertada? ¿Es preferible diferenciar TODAS las competencias en función de las etapas?
Se abre el debate

Competencias comunes a todos los DOCENTES

En el equipo pedagógico, los docentes acompañan a cada alumno en la construcción de su itinerario de formación. Para que su proceso de enseñanza favorezca y apoye los procesos de adquisición de conocimientos, de saber hacer y de actitud, los profesores tienen en cuenta los conceptos fundamentales relativos al desarrollo del niño y del adolescente y a los mecanismos de aprendizaje, así como a los resultados de las investigaciones en estos campos.

Disponiendo de una libertad pedagógica reconocida por ley, los docentes ejercen su responsabilidad en el respeto a los programas y a las instrucciones del ministro de educación nacional y en el marco del proyecto de centro, con el consejo y bajo el control de los cuerpos de inspección y de directores.

El dominio, por parte los docentes (profesionales portadores de saberes y de una cultura común), de los saberes enseñados y de una sólida cultura general es la condición necesaria de la enseñanza. Permite a los docentes ejercer la polivalencia propia a su profesión y tener una visión global de los aprendizajes favoreciendo la coherencia, la convergencia y la continuidad de las enseñanzas.

P 1.- Dominar los saberes disciplinarios y su didáctica:

• Conocer, de manera profunda, su disciplina o sus campos de enseñanza situando los referentes fundamentales, los retos epistemológicos y los problemas didácticos.
• Dominar los objetivos y los contenidos de enseñanza, las exigencias de la base común de conocimiento, de competencias y de cultura, así como lo adquirido de las etapas anterior y posterior.
• Contribuir a la implementación de proyectos interdisciplinarios al servicio de los objetivos señalados en los programas de enseñanza.
• Mantener un diálogo constructivo con los representantes de los padres de alumnos, en particular:

• En la escuela (1):

o Sacar partido de su polivalencia para favorecer la continuidad entre los campos de actividad de infantil y asegurar la cohesión el itinerario de aprendizaje en primaria.
o Anclar los aprendizajes del alumnado en un buen dominio de los saberes fundamentales definidos en el marco de la base común de conocimientos, competencias y cultura.

• En el “collège” (2):

o Acompañar a los alumnos en el paso de un maestro polivalente en primaria a una pluralidad de docentes especialistas de sus disciplinas.

• En el “lycée” (3):

o Articular los campos disciplinarios impartidos en los institutos con las exigencias científicas de la enseñanza superior.

P 2.- Dominar la lengua francesa en el marco de su proceso de enseñanza:

• Utilizar un lenguaje claro y adaptado a las capacidades de comprensión de los alumnos.
• Integrar, en su proceso de enseñanza, el dominio, por parte de los alumnos, de la lengua escrita y oral.
• Describir y explicar sencillamente su proceso de enseñanza a un miembro de la comunidad educativa o a un padre de alumno, especialmente:

• En la escuela:

o Ofrecer un modelo lingüístico pertinente para que todos los alumnos accedan al lenguaje de la escuela.
o Detectar las dificultades de los alumnos relativas al lenguaje escrito y oral (la lectura, sobre todo) para construir secuencias de aprendizaje adaptadas y/o alertar al personal especializado

• En el “lycée professionnel” (4):

o Utilizar el vocabulario profesional apropiado en función de las situaciones y teniendo en cuenta el nivel de los alumnos.

Los profesores: expertos prácticos de los aprendizajes

P 3.- Construir, implementar y animar situaciones de enseñanza y aprendizaje teniendo en cuenta la diversidad del alumnado:

• Saber preparar las secuencias de clase y para ello, definir programaciones y progresiones; identificar los objetivos, contenidos, dispositivos, obstáculos didácticos, estrategias de refuerzo, modalidades de entrenamiento y evaluación.
• Diferenciar su proceso de enseñanza en función de los ritmos de aprendizaje y de las necesidades de cada uno y adaptarlo a los alumnos con necesidades educativas particulares.
• Tener en cuenta los requisitos previos y las representaciones sociales (género, origen étnico, socioeconómico y cultural) para tratar las dificultades eventuales en el acceso a los conocimientos.
• Seleccionar aproximaciones didácticas apropiadas para el desarrollo de las competencias a trabajar.
• Favorecer la integración de las competencias transversales (creatividad, responsabilidad, colaboración) y la transferencia de los aprendizajes con enfoques apropiados.

• En la escuela:

o Sacar provecho de la importancia del juego en el proceso de aprendizaje
o Dominar las aproximaciones didácticas y pedagógicas específicas para los alumnos de infantil, especialmente en los campos del lenguaje y de la numeración.

• En el “lycée”:

o Hacer que los alumnos adquieran métodos de trabajo que preparen para la enseñanza superior.
o Contribuir a la información de los alumnos sobre los itinerarios de la enseñanza superior.

• En el “lycée professionnel”:

o Construir situaciones de enseñanza-aprendizaje en un marco pedagógico ligado a la profesión elegida por el alumno, trabajando a partir de situaciones profesionales reales / construidas o proyectos o profesionales, culturales o artísticos.
o Mantener relaciones con el sector económico involucrado en la formación elegida para transmitir a los alumnos las especificidades propias de la profesión o del campo profesional.

P 4.- Organizar y asegurar un modo de funcionamiento del grupo favoreciendo el aprendizaje y la socialización del alumnado

• Crear con los alumnos una relación de confianza.
• Mantener un clima propicio al aprendizaje y un modo de funcionamiento eficaz y pertinente para las actividades.
• Explicitar, para los alumnos, los objetivos elegidos y construir con ellos el sentido de los aprendizajes.
• Favorecer la participación y la implicación de todos los alumnos y crear una dinámica de intercambios y de colaboración entre iguales.
• Instaurar un marco de trabajo y reglas para la seguridad en las plataformas técnicas, en los laboratorios, en los equipamientos deportivos y artísticos.
• Recurrir a estrategias adecuadas para prevenir la emergencia debido a comportamientos inapropiados y para intervenir eficazmente si se manifiestan.

• En la escuela:

o En infantil, saber acompañar al niño y a sus padres en el descubrimiento progresivo de la escuela, de sus reglas y de su funcionamiento con una adaptación de la primera escolarización, implicando, si fuese necesario, a otros “partenaires”.
o Dominar las aproximaciones didácticas y pedagógicas específicas para los alumnos de infantil, especialmente en los campos del lenguaje y de la numeración.
o Adaptar, sobre todo para los niños pequeños, las formas de comunicación en función de las situaciones y de las actividades (posturas, intervenciones, consignas, conductas de refuerzo)
o Ofrecer las ayudas necesarias para el cumplimiento de las tareas propuestas dejando a los niños la parte de iniciativa y de tanteo propicio a los aprendizajes.
o Gestionar el tiempo respetando las necesidades de los alumnos, las necesidades de los procesos de enseñanza y de otras actividades, especialmente en las clases de infantil y las aulas multinivel.
o Gestionar el espacio para favorecer la diversidad de experiencias y de los aprendizajes, con toda seguridad física y afectiva, especialmente para los niños más jóvenes.

• En el “lycée professionnel”:

o Favorecer el desarrollo de intercambios y de experiencias profesionales compartidas entre los alumnos.
o Contribuir al desarrollo de itinerarios de profesionalización favoreciendo la inserción en el empleo y acceso a niveles de cualificación más elevados.
o Implementar una pedagogía adaptada para facilitar el acceso de los alumnos a la enseñanza superior.

P 5.- Evaluar los progresos y las adquisiciones del alumnado

• En situaciones de aprendizaje, detectar las dificultades de los alumnos para asegurar mejor la progresión de los aprendizajes.
• Construir y utilizar herramientas que permitan la evaluación de las necesidades, de los progresos y del grado de adquisición de saberes y de competencias.
• Analizar los éxitos y los errores, concebir e implementar actividades de refuerzo y consolidación.
• Hacer comprender a los alumnos los principios de evaluación para desarrollar sus capacidades de autoevaluación.
• Comunicar a los alumnos y a los padres los resultados esperados teniendo en cuenta los objetivos y los hitos contenidos en los programas.
• Enmarcar la evaluación de los progresos y logros de los alumnos en una perspectiva de éxito de su proyecto de orientación.

A la vista de todo lo anterior, se puede abrir un análisis “comparativo” entre nuestros dos modelos de definición de competencias profesionales: España y Francia teniendo en cuenta que nada es exportable tal cual, sino que todo necesita una adaptación. No olvidemos que el sistema educativo de cada país es el resultado de sus costumbres, de su cultura y de su historia.
———————-
(1)Escuela infantil-primaria
(2)Centro educativo correspondiente a nuestra ESO, independiente de los institutos
(3)Instituto de Educación posobligatorias (Bachilleratos y Formación Profesional de Grado Superior)
(4)Instituto de Educación posobligatoria que solo imparte FP de Grado Medio, independiente de los demás IES.
———————
Se recomienda visualizar la entrada realizada por J. Salamé Sala (2019, abril, 27), sobre “Las competencias del docente y del personal de educación: una visión externa (1ª parte)”
———————

Cómo citar esta entrada

Salamé Sala, J. (2019, abril, 30). Las competencias de los docentes. Una visión externa (2ª parte). Prácticum y Prácticas Profesionales. [Blog]. Recuperado de https://gidpip.hypotheses.org/3117

LAS COMPETENCIAS DEL DOCENTE Y DEL PERSONAL DE EDUCACIÓN: UNA VISIÓN EXTERNA (1ª parte)

Juan Salamé Sala.
Profesor Tutor del Prácticum. Máster Formación del Profesorado. Centro Asociado de la UNED en Calatayud.
Inspector de Educación

La Universidad, el sindicalismo, el ministerio, las consejerías, los docentes… todos han hablado, escrito y hablan y escriben sobre las competencias profesionales ad-hoc del docente. Pero todas las ideas, todas las definiciones, todas las propuestas quedan sobre el papel de los libros, artículos, ponencias… La LOE (modificada por la LOMCE) establece, en su Artículo 91 las funciones del profesorado. En ningún apartado menciona las competencias. Las normativas autonómicas, en la mayoría de los casos, también se quedan en especificar funciones.

Una mirada más allá de los Pirineos nos muestra que otras administraciones educativas han determinado las competencias profesionales del docente. Es el caso de Francia habiendo legislado dichas competencias publicándolas en su “Journal Officiel de la République Française” en julio de 2013.

El 18 de julio de 2013, el “Ministère de l’Éducation Nationale” publica el “Arrêté” (Orden ministerial) de 1 de julio relativo a las competencias profesionales de las profesiones del profesorado y de la educación (1). Lo primero que llama la atención es el uso de la palabra “métiers”: oficio, trabajo, ocupación… También es curioso constatar competencias para los oficios de los docentes como profesores con docencia directa y de la educación. Se establece, por tanto, el concepto de varias profesiones intervinientes en la docencia y, por ende, en la vida de los centros. Son los otros profesionales. Competencias profesionales recogidas en la misma normativa, lo que favorece el concepto de equipo pedagógico.

No se pretende analizar una por una las competencias profesionales definidas por esta Orden ministerial francesa. Vamos a listarlas con el objetivo de establecer, a través de los comentarios en el blog, un debate entre todos.

La traducción pretende mantener las palabras con el sentido literal que tienen en francés para transmitir la idea principal. Por ello, algunas palabras utilizadas pueden resultar extrañas para nuestro léxico profesional. También hemos indicado las fuentes oficiales de algunos conceptos, órganos, responsabilidades para aquellos que deseen ampliar los conocimientos.

Para establecer estas competencias, el Ministerio de Educación Nacional utilizó la definición del concepto de “competencia” que establece la Recomendación 2006/962/CE del Parlamento europeo: “conjunto de conocimientos, aptitudes y actitudes apropiadas al contexto”, implicando cada competencia del que la pone en marcha “la reflexión crítica, la creatividad, la iniciativa, la resolución de problemas, la evaluación de los riesgos, la toma de decisiones y la gestión constructiva de los sentimientos”.

Debido a la extensión de este “arrêté”, hemos dividido en tres partes el documento: la primera trata de las “Competencias comunes a todos los profesores y personal de educación”, la segunda “Competencias comunes a todos los docentes” y, la tercera: “Competencias específicas de los profesores-documentalistas”(2) y “Competencias específicas de los Conseillers Principaux d’Éducation” (3).

Como suele ser habitual, tanto en Francia como en España, este “arrêté” tiene unos artículos (cuatro) y un anexo con las competencias.

Artículo 1: La lista de competencias que los profesores, los profesores-documentalistas y los Consejeros Principales de Educación deben dominar para ejercer su profesión se especifican en el Anexo de este “arrêté”.

Artículo 2: El “arrêté” de 12 de mayo de 2010 queda derogado(4).

Artículo 3: Este “arrêté” entrará en vigor el 1 de septiembre de 2013.

Artículo 4: El Secretario General, el Director General de Enseñanza Escolar, y los “Recteurs”(5)son los responsables, cada uno en el marco de sus responsabilidades, de la ejecución de este “arrêté” que se publicará en el Diario Oficial de la República francesa.

En el Anexo siguiente se listan las competencias profesionales de los oficios del profesorado y de la educación, con esta divisa: “Refundar la escuela de la República, es garantizar la calidad de su servicio público de educación y, por ello, apoyarse en profesionales bien formados y mejor reconocidos”.
Las profesiones de los docentes y de la educación se aprenden progresivamente en un proceso integrante de saberes teóricos y saberes prácticos, fuertemente articulados los unos con los otros.

Este conjunto de competencias pretende:

1. Afirmar que todos los profesionales contribuyen a objetivos generales y pueden, así, referirse a una cultura común de una profesión cuya identidad se constituye a partir del reconocimiento del conjunto de sus miembros.
2. Reconocer la especificidad de las profesiones de los docentes y de la educación, en el contexto de su ejercicio.
3. Identificar las competencias profesionales esperadas. Estas se adquieren y se profundizan durante un proceso continuo que empieza con la formación inicial y prosigue a lo largo de la carrera profesional mediante la experiencia profesional acumulada y la aportación de la formación continua.

Se acompaña cada competencia con ítems que detallan los componentes y precisan el campo de actuación. Los ítems no constituyen, por tanto, una suma de prescripciones sino diferentes implementaciones posibles de una competencia en situaciones diversas ligadas al ejercicio de las profesiones. Así son definidas:

Competencias comunes a todos los docentes y otro personal de la educación (competencias 1 a 14).
Competencias comunes a todos los profesores (competencias P1 a P5) y especificas para los profesores documentalistas (competencias D1 à D4)
Competencias profesionales especificas para los “Conseillers Principaux d’éducation” (competencias C1 à C8).

Competencias comunes a todos los profesores y personal de educación
Los profesores y el personal de educación implementan las misiones que la nación asigna a la escuela. En su calidad de funcionarios y agentes del servicio público de educación, contribuyen a la. Misión primera de la escuela: instruir y educar con el fin de conducir al conjunto de los alumnos al éxito escolar y a la inserción profesional y social. Preparan al alumnado al ejercicio de una ciudadanía plena y entera. Transmiten y hacen compartir, a este título, los valores de la República. Promueven el espíritu de responsabilidad y la búsqueda del bien común, excluyendo toda discriminación.

Los docentes y el personal de educación: actores del servicio público de educación
Como agentes del servicio público de educación, transmiten y hacen respetar los valores de la República: actúan en el marco institucional y se refieren a los principios éticos y de responsabilidad que sustentan su ejemplaridad y autoridad.

1. Hacer compartir los valores de la República: Saber transmitir los principios de la vida democrática y de la República: la libertad, la igualdad y la fraternidad, la laicidad y el rechazo de todas las discriminaciones; desarrollar el espíritu crítico del alumnado; saber distinguir los saberes de las opiniones o de las creencias…

2. Inscribir su acción en el marco de los principios fundamentales del sistema educativo y en el marco del reglamento de la escuela:
• Conocer la política educativa de Francia, las principales etapas de la historia de la escuela, sus retos y desafíos, la organización, comparando con otros países europeos.
• Conocer los grandes principios legislativos que rigen el sistema educativo, el marco reglamentario de los centros educativos, los derechos y obligaciones de los funcionarios, así como el estatuto de los docentes y del personal de educación.
• Para los docentes, el personal de educación, los pedagogos y educadores al servicio del éxito del alumnado, dominar las competencias pedagógicas y educativas fundamentales es la condición necesaria de una cultura compartida que favorece la coherencia de los procesos de enseñanza y de las acciones educativas.

3. Conocer los alumnos y los procesos de aprendizaje:
• Conocer los conceptos fundamentales de la psicología del niño, del adolescente y del joven adulto.
• Conocer los procesos y los mecanismos de aprendizaje teniendo en cuenta las aportaciones de las investigaciones
• Tener en cuenta las dimensiones cognitiva, afectiva y relacional de la enseñanza y de la acción educativa.

4. Tener en cuenta la diversidad de los alumnos:
• Adaptar su proceso de enseñanza y acción educativa a la diversidad del alumnado.
• Trabajar con los otros profesionales para la implementación de un proyecto personalizado de escolarización de los alumnos en situación de dificultad.
• Detectar los signos de abandono escolar para prevenir las situaciones difíciles.

5. Acompañar a los alumnos en su itinerario formativo:
• Participar en la construcción de los itinerarios de los alumnos en lo pedagógico y educativo.
• Contribuir a que el alumnado domine la base común de los conocimientos, de las competencias y de la cultura.
• Participar en las sesiones de los órganos del centro contribuyendo a la reflexión sobre la coordinación de los docentes y de las acciones educativas.
• Participar en la concepción y en la animación, en el seno de un equipo pluri-profesional, de las secuencias pedagógicas y educativas permitiendo al alumnado construir su proyecto de formación y su orientación.

6. Actuar como educador responsable y según los principios éticos:
• Prestar a todo el alumnado la atención y acompañamiento preciso.
• Evitar toda forma de desvalorización de los alumnos, de los padres, de los compañeros y de todo miembro de la comunidad educativa.
• Contribuir a las educaciones transversales, especialmente educación para la salud, educación para la ciudadanía, educación para el desarrollo sostenible y educación para artística y cultural.
• Movilizarse y movilizar al alumnado contra los estereotipos y las discriminaciones de todo orden promover la igualdad entre chicas y chicos, mujeres y hombres.
• Contribuir al bienestar, a la seguridad de los alumnos, prevenir y gestionar las violencias escolares, identificar toda forma de exclusión o discriminación, así como todo signo que pueda traducir situaciones de gran dificultad social o maltrato.
• Contribuir a la identificación de todo signo de comportamiento con riesgo y a su resolución.
• Respetar y hacer respetar el reglamento interior
• Respetar la confidencialidad de las informaciones individuales sobre los alumnos y sus familias.

7. Dominar la lengua francesa con fines de comunicativos:
• Utilizar un lenguaje claro y adaptado a los diferentes interlocutores partícipes de su actividad profesional.
• Integrar en su actividad el objetivo de dominio de la lengua oral y escrita por parte del alumnado.

8. Utilizar una lengua extranjera en las situaciones exigidas por su profesión:
• Dominar, al menos, una lengua extranjera, nivel B2 del Marco Europeo Común de Referencia para los idiomas.
• Participar en el desarrollo de una competencia intercultural de los alumnos.

9. Integrar los elementos de la cultura digital necesarios para el ejercicio de su profesión:
• Sacar lo máximo de las herramientas, de los recursos y de los usos de lo digital, en particular para facilitar la individualización de los aprendizajes y desarrollar los aprendizajes colaborativos.
• Ayudar al alumnado a apropiarse las herramientas y usos digitales de manera crítica y creativa.
• Participar en la educación del alumnado para un uso responsable de Internet.
• Utilizar eficazmente las tecnologías para intercambiar y formarse.

Los profesores y el personal de educación, actores de la comunidad educativa forman parte de un equipo educativo movilizado al servicio del éxito de todos los alumnos en una acción coherente y coordinada.

10. Cooperar en el seno de un equipo:
• Inscribir su intervención en un marco colectivo, al servicio tanto de la complementariedad y de la continuidad de las enseñanzas como de las acciones educativas.
• Colaborar en la definición de los objetivos y su evaluación.
• Participar en la concepción e implementación de proyectos colectivos y especialmente del itinerario de informaciones y orientaciones propuesto a todos los alumnos en cooperación con los psicólogos escolares o los consejeros de orientación psicólogos.

11. Contribuir a la acción de la comunidad educativa:
• Saber conducir una entrevista, animar una reunión y practicar una mediación utilizando un lenguaje claro y adaptado a la situación.
• Participar en la elaboración del proyecto de centro e implementarlo.
• Tener en cuenta las características del centro, sus públicos, su entorno socioeconómico y cultural e identificar el rol de todos los actores.
• Coordinar sus intervenciones con los demás miembros de la comunidad educativa.

12. Cooperar con los padres de alumnos:
• Contribuir a la construcción de una relación de confianza con los padres.
• Analizar, con los padres, los progresos y el itinerario de sus hijos para identificar sus capacidades, detectar sus dificultades y cooperar con ellos para ayudar al alumno en la elaboración y conducción de su proyecto personal y/o su proyecto profesional.
• Mantener un diálogo constructivo con los representantes de los padres de alumnos.

13. Cooperar con los “partenaires” del centro:
• Cooperar, de acuerdo con el proyecto de centro y/o el proyecto educativo territorial, con los demás servicios del Estado, de las colectividades territoriales(6), la asociación deportiva del centro, las asociaciones complementarias de la escuela, las estructuras culturales y los actores socioeconómicos identificando el rol y la acción de cada uno de estos “partenaires”.
• Conocer las posibilidades de intercambio y colaboración con otros centros y las posibilidades de “partenaires” locales, nacionales, europeos e internacionales.
• Cooperar con los equipos pedagógicos y educativos de otros centros, sobre todo en el marco de un entorno digital de trabajo y con la finalidad de favorecer la relación entre los ciclos y las etapas de la educación.

14. Involucrarse en un enfoque individual y colectivo de desarrollo profesional:
• Completar y actualizar sus conocimientos científicos, didácticos y pedagógicos.
• Mantenerse informado de los adquiridos de la investigación para poder comprometerse con proyectos y enfoques de innovación pedagógica para una mejora de las prácticas.
• Reflexionar sobre su práctica, individualmente o en grupo, y reinvertir los resultados de su reflexión en la acción.
• Identificar sus necesidades de formación e implementar los medios para desarrollar sus competencias utilizando los recursos disponibles.

Como se señala al principio, en esta primera parte de la normativa, se incluyen competencias, funciones comunes que afectan directamente a los docentes y al personal de educación. Es interesante ver como esta estructura incide en el concepto de equipo de personas que deben actuar conjuntamente, no solo para la formación académica, profesional de los estudiantes sino para la formación personal en valores, en actitudes y en ciudadanía activa y crítica.

———————
(1) Arrêté du 1er juillet 2013, relatif au référentiel des compétences professionnelles des métiers du professorat et de l’éducation. https://www.legifrance.gouv.fr/affichJO.do?idJO=JORFCONT000027721593&fastPos=1&fastReqId=1678649521
(2) Las funciones de este docente son: desarrollar las competencias del alumnado para el acceso autónomo y reflexivo a la información y al conocimiento; gestionar el fondo documental del Centro de Documentación y de Información (CDI) presente en todos los centros educativos y educar a la información; pertenece, de pleno derecho, al equipo pedagógico; compromiso con el aprendizaje s ligados a lo digital.
(3) Estos profesionales asumen las funciones de organización de la vida cotidiana, fuero del horario lectivo, en colaboración con la vida pedagógica; apoyo a los docentes para asegurar el seguimiento de los alumnos y participar en las sesiones de evaluación; crear las condiciones de diálogo en la acción educativa, tanto grupal como individual, organizar la concertación y la participación de los distintos actores en la vida escolar en el seno del centro; mediación, socialización de los alumnos, educación para la ciudadanía, medidas correctoras disciplinarias y regular la relación pedagógica.
(4) Esta Orden definía las competencias del profesorado y demás profesionales.
(5) Los Rectores son los responsables políticos de una “Académie” (amplia zona que agrupa a varias provincias de educación. Representan directamente al Ministro de Educación. No tienen nada que ver con nuestros Rectores Universitarios.
(6) Parecido a nuestras Comunidades Autónomas con una distribución de responsabilidades, no de poder.
———————–

Cómo citar esta entrada

Salamé Sala, J. (2019, abril, 27). Las competencias del docente y del personal de educación: una visión externa (1ª parte). Prácticum y Prácticas Profesionales. [Blog]. Recuperado de https://gidpip.hypotheses.org/3101

Buscar en OpenEdition Search

Se le redirigirá a OpenEdition Search